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miércoles, 25 de junio de 2014

Petición a Les Corts, para que se adopten medidas eficaces para la erradicación de la violencia de género

Las entidades abajo firmantes, vienen a ejercer, el derecho fundamental de petición ante Las Cortes Valencianas, para que se adopten medidas eficaces para la erradicación de la Violencia de Género.
Este año, se cumplen 10 años de la aprobación, por unanimidad, de la Ley Orgánica 1/2004 de medidas de Protección integral contra la violencia de género -en adelante LIVG- y también se cumplen 2 años de la aprobación de la Ley 7/2012, Ley Integral contra la Violencia sobre la Mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana -LIVM, CV-.
La LIGV puso, por primera vez, en la agenda política un problema que hasta ese momento era un delito invisible, reconociendo que la violencia machista es el símbolo más brutal de la desigualdad existente en nuestra sociedad. No es posible erradicar la violencia machista sin reconocer que se alimenta de la situación de discriminación a la que nos somete el sistema patriarcal, en alianza con el capitalismo neoliberal, que está perpetuando la reproducción de desigualdades e injusticias y generando los mayores focos de opresión contra las mujeres.
Ambas normativas vigentes deberían servir de garantía para las mujeres de la Comunitat Valenciana en el ejercicio efectivo de los derechos fundamentales, de libertad, igualdad, seguridad y no discriminación; en definitiva, en su pleno derecho a  una vida libre de violencia.  Y así lo especifican ambas legislaciones, mandatando a los poderes públicos, conforme a lo dispuesto en el artículo 9.2 de la Constitución Española, la obligación de adoptar medidas de acción positiva para hacer reales y efectivos dichos derechos, removiendo los obstáculos que impiden o dificultan su plenitud.
La Ley 7/2012 se plantea como objetivo último el de “lograr la erradicación de cualquier tipo de violencia”, y a tal fin especifica como objeto de la Ley la “adopción de medidas integrales para la erradicación de la violencia sobre la mujer, en el ámbito competencial de la Generalitat, ofreciendo protección y asistencia tanto a las mujeres víctimas de la misma como a sus hijos e hijas menores y/o personas sujetas a su tutela o acogimiento, así como las medidas de prevención, sensibilización y formación con la finalidad de implicar a toda la sociedad de la Comunitat Valenciana” (Artículo 1).
Sin embargo, tanto el Estado como la Generalitat Valenciana están abdicando de sus responsabilidades con las ciudadanas y de sus funciones sociales, al no poner todos los medios a su alcance para frenar las ofensivas patriarcales que pretenden la subordinación de las mujeres y que traen como consecuencia la feminización de la pobreza y el incremento de la violencia machista.
En el Estado español en lo que llevamos de año, 34 mujeres y dos menores han sido asesinadas por la violencia machista; dos de ellas, en la Comunitat Valenciana.
Mas de 200 organizaciones y colectivos, han elaborado un 'informe sombra' sobre la aplicación en España de la Convención para la Eliminación de toda forma Discriminación contra las Mujeres 2008-2013 [CEDAW], que se presentará ante Naciones Unidas, en el que se expone que, a pesar de los avances que supuso la LIVG, no ha tenido ni el desarrollo normativo ni el presupuesto necesario para su desarrollo e implementación.
El Informe Sombra España de la CEDAW también revela algunos datos preocupantes de la Comunitat Valenciana, en donde se ha producido una merma considerable en la calidad de los servicios de atención integral a las víctimas de violencia de género, entre 2011 y 2014, así como la reducción de los equipos humanos y de  sus horas de trabajo (las Oficinas de Atención a las Víctimas han pasado de 48 en 2011 a17 en el año en curso); las organizaciones de mujeres alertan de la disminución en la concesión de ayudas previstas en el Art. 17 de la LIVG a víctimas de violencia de género en la Comunitat Valenciana; tampoco sale bien parada la Generalitat Valenciana al incumplir los estándares que dicen que debe existir al menos un centro de atención integral a víctimas de violencia sexual de género por cada 200.000 habitantes, lo que dista mucho de ser una realidad en la Comunitat Valenciana. Todos estos indicadores son contrarios al objeto de la Ley 7/2012 de la Generalitat Valenciana.

Por todo ello, PEDIMOS a Las Cortes Valencianas:
  1.     QUE nos informe de los recursos e instrumentos de todo tipo que se hayan puesto en marcha en la Comunitat Valenciana, desde los distintos poderes públicos y territorios, para asegurar la prevención de la violencia de género y las medidas adoptadas en los casos detectados, en cumplimiento de la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra     la Violencia de Género y de la Ley Integral contra la Violencia sobre la Mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana, Ley 7/2012, en esta legislatura.
  2.       QUE nos informe de las acciones emprendidas para la elaboración y desarrollo del reglamento de la Red de la Generalitat de Asistencia Social Integral a las Víctimas de Violencia sobre la Mujer, prevista en el Título III de la Ley 7/2012, de la Generalitat, Integral contra la Violencia sobre la Mujer en el Ámbito de la Comunitat Valenciana.
  3.      QUE nos informe del estado de desarrollo y funcionamiento del protocolo de coordinación institucional a nivel autonómico en materia de atención y asistencia integral a las víctimas de Violencia sobre la Mujer.
  4.      QUE nos informe del estado y desarrollo del procedimiento para la solicitud y concesión de las ayudas del Fondo de emergencias, previsto en el Artículo 55 de la Ley 7/2012, de la Generalitat, Ley Integral contra la Violencia sobre la Mujer en el Ámbito de la Comunitat Valenciana.
  5.      QUE nos informe del desarrollo de las medidas referidas a mujeres con discapacidad, mujeres gitanas y migrantes, así como de las partidas presupuestarias invertidas en la Comunitat Valenciana en el desarrollo de la LIVG (L.O 4/2004) y la LIVM, CV (Ley 2/2012) por cada uno de los ámbitos (preventivo, educativo, social, asistencial, judicial, y de atención posterior a las víctimas), en esta legislatura.
  6.      QUE nos informe de la efectividad de las medidas de protección y de seguridad de las víctimas, de la aplicación de la tutela judicial efectiva, de la adecuación de las sentencias dictadas, a la normativa de igualdad de género vigente y de la eficacia de las medidas adoptadas con los causantes del delito de violencia contra las mujeres.
  7.      QUE nos informe de las medidas que ha desarrollado para la formación y ayuda que faciliten la inserción laboral, acuerdos y convenios con agentes sociales.
  8.      QUE nos informe cuantas empleadas públicas se han beneficiado de las medidas que recoge el Artículo 19 de la Ley 7/2012 de de la Generalitat, Ley Integral contra la Violencia sobre la Mujer en el Ámbito de la Comunitat Valenciana
  9.     QUE nos informe en qué consisten las medidas de prevención desde el ámbito educativo, para eliminar perjuicios  y prácticas sexistas basadas en la desigualdad, y para la eliminación de los contenidos en los currículos educativos discriminatorios contra las mujeres por razón de su sexo, también cuales son las medidas que impulsa para mejorar las habilidades educativas de padres y madres la fomentar en sus hijos e hijas el respeto al derecho de los y las demás.
10. QUE nos informe de las medidas adoptadas para garantizar que la  publicidad y los medios de comunicación respetan la dignidad de las mujeres y su derecho a una imagen no estereotipada, ni discriminatoria.
11. QUE nos informe de las acciones realizadas y el presupuesto invertido en la formación de cada grupo profesional que interviene en la aplicación de la LIVG y la LIVM, CV (personal sanitario, educativo, asistencial, operadores jurídicos y de seguridad)
12. QUE nos informe de qué procedimiento se va a articular para hacer efectiva la participación e interlocución con las organizaciones feminista y de defensa de la igualdad de género, en el seguimiento de la aplicación íntegra de la LIVG y de la Ley 7/2012 en el ámbito de la Comunitat Valenciana, así como para la propuesta y tramitación parlamentaria de nuevas medidas.
13. QUE nos informe de las previsiones presupuestarias para el año 2015, y de cómo se garantiza la aplicación y desarrollo de la Ley 7/2012 para el cumplimiento efectivo de su objetivo.
25 de junio de 2014

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